¿Qué prelación hay entre obligaciones alimentarias, laborales y bancarias?
¿Cómo opera la prelación de créditos, considerando que existen 3 tipos de obligaciones que se están cobrando simultáneamente: obligación alimentaria, obligación laboral y obligación financiera o bancaria?
Considerando que solo la obligación bancaria está garantizada en una hipoteca.
Respuestas: (2)
Cuando se tienen obligaciones alimentarias, laborales y obligaciones con bancos, la prelación se aplica en el siguiente orden:
- Obligaciones alimentarias.
- Obligaciones laborales
- Obligaciones financieras
Las obligaciones laborales y alimentarias son de primera clase según el artículo 2495 del código civil, pero se imponen las obligaciones alimentarias sobre las demás de la misma clase siempre que sean a favor de menores de edad, conforme lo señala el artículo 134 de la ley 1098 de 2006.
Las obligaciones financieras por deudas con tarjeta de crédito o créditos de libre inversión son de la quinta clase (la última), y los hipotecarios de tercera clase.
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Gerencie.com dijo:Cuando se tienen obligaciones alimentarias, laborales y obligaciones con bancos, la prelación se aplica en el siguiente orden:
- Obligaciones alimentarias.
- Obligaciones laborales
- Obligaciones financieras
Las obligaciones laborales y alimentarias son de primera clase según el artículo 2495 del código civil, pero se imponen las obligaciones alimentarias sobre las demás de la misma clase siempre que sean a favor de menores de edad, conforme lo señala el artículo 134 de la ley 1098 de 2006.
Las obligaciones financieras por deudas con tarjeta de crédito o créditos de libre inversión son de la quinta clase (la última), y los hipotecarios de tercera clase.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 5). ¿Qué prelación hay entre obligaciones alimentarias, laborales y bancarias? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-prelacion-hay-entre-obligaciones-alimentarias-laborales-y-bancarias-1377/
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