¿Qué sanción se paga al presentar la información exógena extemporánea antes de que la Dian notifique el pliego de cargos?
Leer resumen
Un usuario del foro pregunta sobre la sanción a pagar por presentar información exógena extemporánea antes de recibir un pliego de cargos de la Dian. Se plantea si debe liquidar la sanción por extemporaneidad o la del Artículo 651 del Estatuto Tributario. La respuesta aclara que, si la Dian no ha notificado el pliego, el usuario puede corregir la información voluntariamente y liquidar la sanción correspondiente, que se reduce al 10% de la sanción total calculada, sin que sea inferior a la sanción mínima. Esto aplica a cualquier falta de presentación, ya sea por no presentar, errores o presentación extemporánea.
Según el Parágrafo 1, el obligado a informar podrá subsanar de manera voluntaria las faltas de que trata el presente artículo, antes de que la Administración Tributaria profiera pliego de cargos, en cuyo caso deberá liquidar y pagar la sanción correspondiente de que trata el numeral 1) del presente artículo, reducida al diez por ciento (10%).
¿Quiere decir que debo pagar el 10% de lo calculado como sanción?
Respuestas: (1)
Es correcto. Si la Dian aún no le ha notificado un pliego de cargos, puede presentar la información exógena, liquidar la sanción por presentación extemporánea contenida en el literal c) del numeral primero del artículo 651 del estatuto tributario, reducida al 10%, es decir, solo paga el 10% de la sanción que liquide, sin que sea inferior a la sanción mínima ($498.000).
El parágrafo es claro en afirmar que la reducción aplica para la sanción a que hace referencia el numeral 1, sin limitarla a ningún literal del dicho numeral, así que aplica para cualquiera de los tres escenarios:
- No se presentó
- Se presentó con errores
- Se presentó extemporáneamente
Preguntas relacionadas:
- Presenté una declaración de IVA sin pago. Ahora voy a pagarla, ¿qué debo liquidar?
- ¿Qué personas jurídicas están obligadas a presentar la conciliación fiscal?
- ¿Cuál es la sanción por extemporaneidad mínima?
- ¿Persona natural debe presentar información exógena si es agente de retención en Iva?
- ¿Cuáles son los criterios para tener obligación de declarar renta en 2026?
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, noviembre 28). ¿Qué sanción se paga al presentar la información exógena extemporánea antes de que la Dian notifique el pliego de cargos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-sancion-se-paga-al-presentar-la-informacion-exogena-extemporanea-antes-de-que-la-dian-notifique-el-pliego-de-cargos-1970/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí

Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes