📅 25/02/2025
💬 17

Publicado: 2025-11-28

¿Qué sanción se paga al presentar la información exógena extemporánea antes de que la Dian notifique el pliego de cargos?

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Un usuario del foro pregunta sobre la sanción a pagar por presentar información exógena extemporánea antes de recibir un pliego de cargos de la Dian. Se plantea si debe liquidar la sanción por extemporaneidad o la del Artículo 651 del Estatuto Tributario. La respuesta aclara que, si la Dian no ha notificado el pliego, el usuario puede corregir la información voluntariamente y liquidar la sanción correspondiente, que se reduce al 10% de la sanción total calculada, sin que sea inferior a la sanción mínima. Esto aplica a cualquier falta de presentación, ya sea por no presentar, errores o presentación extemporánea.

¿Qué sanción debo liquidar en el caso en el que un formato de la información exógena no haya sido presentado por error involuntario y se va a realizar la corrección de este de manera voluntaria?  ¿Se debe reportar este formato con sanción por extemporaneidad o aplica la sanción del Art. 651 E.T.?

Según el Parágrafo 1, el obligado a informar podrá subsanar de manera voluntaria las faltas de que trata el presente artículo, antes de que la Administración Tributaria profiera pliego de cargos, en cuyo caso deberá liquidar y pagar la sanción correspondiente de que trata el numeral 1) del presente artículo, reducida al diez por ciento (10%).

¿Quiere decir que debo pagar el 10% de lo calculado como sanción?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 1997

Publicado:2025-11-28
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Es correcto. Si la Dian aún no le ha notificado un pliego de cargos, puede presentar la información exógena, liquidar la sanción por presentación extemporánea contenida en el literal c) del numeral primero del artículo 651 del estatuto tributario, reducida al 10%, es decir, solo paga el 10% de la sanción que liquide, sin que sea inferior a la sanción mínima ($498.000).

El parágrafo es claro en afirmar que la reducción aplica para la sanción a que hace referencia el numeral 1, sin limitarla a ningún literal del dicho numeral, así que aplica para cualquiera de los tres escenarios:

  • No se presentó
  • Se presentó con errores
  • Se presentó extemporáneamente
Liquidador de la sanción por información exógena
Liquidador de la sanción por información exógena.Liquidador en línea para calcular la sanción por información exógena o medios magnéticos.

 

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, noviembre 28). ¿Qué sanción se paga al presentar la información exógena extemporánea antes de que la Dian notifique el pliego de cargos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-sancion-se-paga-al-presentar-la-informacion-exogena-extemporanea-antes-de-que-la-dian-notifique-el-pliego-de-cargos-1970/

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