¿Qué tratamiento se da a las diferencias por hacer aproximaciones al múltiplo de mil más cercano?
Cordial saludo:
Una empresa excluida de IVA tiene un saldo por pagar de IVA generado de 510.600, pero se pagó 511.000 porque en la plataforma lo aproximan al 1.000 más cercano. ¿Se pregunta si los 400 son deducibles? ¿Y cuál sería el registro contable?
Muchas gracias.
Respuestas: (1)
En las declaraciones tributarias, los valores declarados deben aproximarse al múltiplo de mil más cercano, lo que supone tener que pagar más o pagar menos, dependiendo de si se aproxima hacia arriba o hacia abajo.
Cuando la aproximación es hacia arriba, el contribuyente tiene que pagar más, lo que supone un gasto que contablemente se debe registrar como tal.
Ese valor en exceso se interpretaría como un impuesto asumido (cuenta 531520), y, en tal caso, no es deducible del impuesto a la renta.
Cuando de la aproximación resulta un menor valor a pagar, se registra un ingreso (cuenta 4295xx), y sería un ingreso gravado, es decir, se debe declarar.
Estas diferencias, que por mucho son $500, tienen poca materialidad y, aunque contablemente deben registrarse, tributariamente tienen poca relevancia, así que no se justifica declarar la deducción por ese monto ni tampoco omitir declarar el ingreso.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 17). ¿Qué tratamiento se da a las diferencias por hacer aproximaciones al múltiplo de mil más cercano? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-tratamiento-se-da-a-las-diferencias-por-hacer-aproximaciones-al-multiplo-de-mil-mas-cercano-1435/