¿Repudio de la herencia se puede hacer en la misma escritura de sucesión?
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La duda planteada es si el repudio de la herencia se puede realizar en la misma escritura de sucesión. La respuesta es afirmativa: el repudio, como declaración expresa, puede hacerse mediante escritura pública y puede incluirse en la misma escritura donde se lleva a cabo la liquidación de la sucesión. No es necesario que cada acto relacionado con la sucesión esté en documentos separados, siempre que se puedan realizar simultáneamente. Esto permite que el acuerdo sobre la repartición del inmueble se formalice de manera eficiente y legal.
Respuestas: (1)
El repudio de la herencia como acto de declaración expresa debe hacerse mediante escritura pública, que puede constar en la misma escritura pública en la cual se lleva a cabo la liquidación de la sucesión.
La norma no exige que cada acto relacionado con la sucesión deba constar en una escritura pública independiente, y cuando los actos pueden llevarse simultáneamente, pueden constar en un mismo instrumento.
Sucede igual cuando se compra una casa con hipoteca respecto a la cual se constituye patrimonio de familia; en la misma escritura constan la compraventa, el gravamen de la hipoteca y la constitución del patrimonio de familia.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, julio 16). ¿Repudio de la herencia se puede hacer en la misma escritura de sucesión? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/repudio-de-la-herencia-se-puede-hacer-en-la-misma-escritura-de-sucesion-1570/
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