¿Se debe aplicar autorretención especial en renta sobre los rendimientos financieros?
Buenas tardes.
Una empresa con la actividad 6810 "Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados" recibe ingresos por rendimientos financieros. ¿Debe presentar la autorretención mensual por los rendimientos que recibe?
Respuestas: (1)
En nuestro criterio, sí debe practicarse autorretención especial en renta sobre los ingresos que reciba o cause por concepto de rendimientos financieros, en vista de que la norma no los excluye.
La autorretención se aplica sobre todos los ingresos gravados con el impuesto a la renta, y la única exclusión que hace la norma (artículo 1.2.6.8 del decreto 1625 de 2016) son precisamente los ingresos que no se encuentren gravados con el impuesto a la renta.
Adicionalmente, la tarifa que se debe aplicar sobre todos los conceptos o todos los ingresos es la que corresponda a la actividad económica principal de la empresa.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, diciembre 9). ¿Se debe aplicar autorretención especial en renta sobre los rendimientos financieros? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-debe-aplicar-autorretencion-especial-en-renta-sobre-los-rendimientos-financieros-1986/
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