📅 22/01/2026
💬 10

Publicado: 2026-03-13

¿Cuál es la sanción por no reportar información en el RUB registro único de beneficiarios?

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Un usuario del foro pregunta sobre las sanciones por no reportar información en el Registro Único de Beneficiarios (RUB), especialmente en el contexto de una empresa liquidada en 2023 que planea reportar en 2026. La respuesta destaca que el artículo 631-6 del estatuto tributario establece sanciones por no suministrar, hacerlo erróneamente o no actualizar la información del RUB. En este caso, se aplicaría la primera sanción, que podría incluir el cierre del establecimiento o una multa significativa, lo que podría resultar costoso para el afectado.

¿Cuál es la sanción por no reportar información en el RUB registro único de beneficiarios, teniendo en cuenta que esta obligación venció en el año 2022, para una empresa creada en 2021 con un único accionista con un capital de $10.000.000 y que fue liquidada ante la cámara de comercio en septiembre de 2023, pero que solo hasta el 20 de marzo de 2026 va a realizar el reporte para poder cancelar el RUT ante la Dian?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2155

Publicado:2026-03-13
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El artículo 631-6 del estatuto tributario establece que cuando el obligado a suministrar la información de RUB no la suministre, la suministre de manera errónea o incompleta, o no actualice la información suministrada, se le impone la sanción establecida en el artículo 658-3, que es la establecida para el incumplimiento relacionado con el RUT.

Este artículo contempla 3 sanciones aplicables al RUB:

Incumplimiento Sanción

No suministrar información en el RUB estando obligado a hacerlo

Se impondrá la clausura del establecimiento, sede, local, negocio u oficina, por el término de un (1) día por cada mes o fracción de mes de retraso en la inscripción, o una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la inscripción, para quienes no tengan establecimiento, sede, local, negocio u oficina.

No actualizar la información en el RUB

Se impondrá una multa equivalente a una (1) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información. Cuando la desactualización del RUT se refiera a la dirección o a la actividad económica del obligado, la sanción será de dos (2) UVT por cada día de retraso en la actualización de la información.

Suministrar información errónea o incompleta en el RUB

Se impondrá una multa equivalente a cien (100) UVT.

En su caso particular, aplica la primera, que puede ser el cierre del establecimiento de comercio o el pago de la multa allí referida, que, como se puede apreciar, puede resultar muy onerosa.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2026, marzo 13). ¿Cuál es la sanción por no reportar información en el RUB registro único de beneficiarios? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cual-es-la-sancion-por-no-reportar-informacion-en-el-rub-registro-unico-de-beneficiarios-2153/

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