¿Se puede descontar el salario al trabajador por llegar tarde y, además, realizar diligencias de descargo?
Trabajo para una empresa donde el horario de ingreso es a las 8 de la mañana. El lunes pasado llegué tarde, a las 9 de la mañana. Me descontaron el día de salario y, además, me iniciaron un proceso disciplinario. Me llamaron a descargos para el próximo lunes. ¿Eso se puede hacer?
Respuestas: (1)
Sí, la empresa puede descontar al trabajador el salario por el tiempo no laborado y, además, iniciar el proceso disciplinario por llegar tarde, siempre y cuando llegar tarde sea una conducta sancionable en el reglamento interno del trabajo o en el contrato de trabajo.
Sin embargo, por llegar 1 hora tarde al trabajo no se le puede descontar el día de salario, sino la parte que corresponda al salario del tiempo no laborado, que es una hora.
El numeral 3 del artículo 113 del Código Sustantivo del Trabajo señala que:
«La imposición de una multa no impide que el empleador prescinda del pago del salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar.»
Claramente, la ley solo autoriza descontar el salario del tiempo dejado de trabajar, no el día completo.
Por su parte, el proceso disciplinario debe desarrollarse según lo establecido en el reglamento interno de la empresa, y el llamado a descargos, en general, es para determinar si el retardo fue justificado o no, porque si el trabajador logra justificarlo, no puede ser sancionado, puesto que así lo señala el artículo 113 del Código Sustantivo del Trabajo, que contempla las sanciones para los casos en que el trabajador falta al trabajo sin excusa suficiente.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 17). ¿Se puede descontar el salario al trabajador por llegar tarde y, además, realizar diligencias de descargo? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-descontar-el-salario-al-trabajador-por-llegar-tarde-y-ademas-realizar-diligencias-de-descargo-1433/