📅 25/12/2023
💬 788

Publicado: 2025-06-11

¿Se puede quitar el usufructo vitalicio?

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La duda planteada es si un usufructo vitalicio puede ser cancelado por el constituyente o nudo propietario. La respuesta es que, en principio, no se puede cancelar unilateralmente, ya que el usufructo es un contrato que debe cumplirse. Sin embargo, existen excepciones donde el usufructo puede extinguirse, como por sentencia judicial o revocación de la donación del bien. Además, el usufructo puede finalizar si el usufructuario incumple gravemente sus obligaciones o causa daños al bien. Por lo tanto, la cancelación sin justificación no es posible.

Un usufructo se ha constituido de forma vitalicia. ¿Puede el constituyente o nudo propietario quitar o cancelar ese usufructo?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2002

Publicado:2025-06-11
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En principio no. El usufructo es un contrato y como tal debe ser cumplido, de manera que si el usufructo fue otorgado de forma vitalicia (por toda la vida del usufructuario según el artículo 829 del código civil), el constituyente no puede cancelarlo unilateralmente del mismo modo en que lo otorgó.

Sin embargo, es preciso consultar la situación particular del usufructo porque este puede extinguirse, cancelarse o anularse por otra causa que no sea el fallecimiento del usufructuario.

Tal es el caso cuando hay una sentencia judicial o que el usufructo dado haya sido sobre un bien recibido en donación y esa donación termina revocada.

El artículo 868 señala que el usufructo puede extinguirse mediante resolución judicial, a petición del propietario, cuando el usufructuario incumple gravemente sus obligaciones o causa daños o deterioros importantes al bien, lo que aplica también en el usufructo vitalicio.

Lo que no puede hacer el constituyente o nudo propietario es cancelar el usufructo vitalicio sin razón, de forma unilateral como si de un contrato de arrendamiento se tratara.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, junio 11). ¿Se puede quitar el usufructo vitalicio? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-quitar-el-usufructo-vitalicio-1512/

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