¿Se puede reclamar una herencia después de 10 años?
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Un usuario pregunta si puede reclamar una herencia tras 10 años desde el fallecimiento de sus padres, ya que la casa heredada está ocupada por una hermana. Las respuestas indican que, aunque se puede reclamar después de 10 años, la hermana podría alegar la prescripción de la acción, según el artículo 1326 del Código Civil. La solución sugerida es que la sucesión se liquide ante notario, pero esto dependerá de la voluntad de la hermana ocupante. Si ella conoce la prescripción, es probable que espere a que se inicie el proceso para defender su posición.
Respuestas: (1)
Sí se puede reclamar la herencia después de 10 años de causada, pero es probable que el heredero que ocupa la casa alegue en su favor la prescripción de la acción.
El artículo 1326 del Código Civil señala que la acción de petición de herencia prescribe en el término de 10 años, lo que puede alegar el heredero que ocupa la casa y que no quiere compartir con los otros herederos.
En ese punto, la única posibilidad es que la sucesión se liquide ante notario y, para ello, hace falta que el heredero que ocupa la casa decida hacerlo voluntariamente.
Si el heredero que ocupa la casa pretende quedarse con ella y tiene conocimiento de que la acción de petición de herencia ya prescribió, sin duda que esperará a que la demanda de sucesión sea presentada para luego alegar la prescripción.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 27). ¿Se puede reclamar una herencia después de 10 años? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-reclamar-una-herencia-despues-de-10-anos-1045/
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