¿Se puede reformar una demanda de pertenencia?
Cordial saludo:
¿En un proceso de declaración de pertenencia, es posible reformar la demanda?
Respuestas: (3)
En nuestro criterio, sí se puede reformar una demanda en los procesos de pertenencia, en razón de que la reforma de la demanda está regulada de forma general en el artículo 93 del Código General del Proceso, que aplica para todas las demandas a las que hace referencia dicho código.
El artículo 93 del Código General del Proceso establece una regulación general y común a todas las demandas civiles, y no especifica ninguna ni establece restricción a ningún tipo o clase de demanda. Por lo que, cualquiera sea el tipo de demanda, puede ser corregida, aclarada o reformada siempre y cuando se realice en la oportunidad legal que establece la misma norma.
En resumen, la demanda de pertenencia, como cualquier otra, puede ser objeto de modificación o reforma.
Lamento decirte que la respuesta es errada. No se puede reformar.
ANDRES BOTERO dijo:Lamento decirte que la respuesta es errada. No se puede reformar.
Ver masNo comprendemos. Si tenía la respuesta, ¿por qué la pregunta? Y, ¿podría compartir su criterio o respuesta? Nuestra intención es compartir y retroalimentar con nuestra experiencia y la de nuestros lectores.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 24). ¿Se puede reformar una demanda de pertenencia? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-reformar-una-demanda-de-pertenencia-1471/
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