📅 14/10/2025
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Publicado: 2025-10-14

¿Se puede terminar el proceso hipotecario si un tercero paga la obligación?

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La duda planteada en el foro se centra en si un proceso hipotecario puede finalizar si un tercero paga la obligación, y cómo debería actuar el juzgado en este caso. La respuesta sugiere que, según el artículo 1630 del Código Civil, el pago por un tercero es válido y debe ser entregado al banco, lo que llevaría a la extinción de la obligación y, por ende, a la terminación del proceso hipotecario. Además, se aclara que no es necesario que el pago sea aceptado por el banco o el juzgado para que tenga efecto.

Terminación de proceso hipotecario solicitada por el acreedor hipotecario (banco) con embargo de remanentes y consignación de un tercero aún no aceptada la consignación por el juzgado ni las partes. ¿Cuál sería la actuación del juzgado: entregar el dinero al banco o pasarlo a los remanentes? ¿Cuáles serán las normas a invocar para la solicitud de terminación por el acreedor?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 1997

Publicado:2025-10-15
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Si no conocemos los detalles del proceso, no podemos dar una respuesta precisa. Sin embargo, a la luz del artículo 1630 del Código Civil, el pago realizado por un tercero es válido, y el dinero debería ser entregado al banco y no pasarse al remanente. Al pagarse la obligación, el proceso terminaría por extinción de la obligación.

La norma no exige que el pago o consignación realizada por el tercero sea aprobada o aceptada por el banco o el juzgado.

 

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, octubre 14). ¿Se puede terminar el proceso hipotecario si un tercero paga la obligación? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-terminar-el-proceso-hipotecario-si-un-tercero-paga-la-obligacion-1863/

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