¿Se puede terminar el proceso hipotecario si un tercero paga la obligación?
Terminación de proceso hipotecario solicitada por el acreedor hipotecario (banco) con embargo de remanentes y consignación de un tercero aún no aceptada la consignación por el juzgado ni las partes. ¿Cuál sería la actuación del juzgado: entregar el dinero al banco o pasarlo a los remanentes? ¿Cuáles serán las normas a invocar para la solicitud de terminación por el acreedor?
Respuestas: (1)
Si no conocemos los detalles del proceso, no podemos dar una respuesta precisa. Sin embargo, a la luz del artículo 1630 del Código Civil, el pago realizado por un tercero es válido, y el dinero debería ser entregado al banco y no pasarse al remanente. Al pagarse la obligación, el proceso terminaría por extinción de la obligación.
La norma no exige que el pago o consignación realizada por el tercero sea aprobada o aceptada por el banco o el juzgado.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 14). ¿Se puede terminar el proceso hipotecario si un tercero paga la obligación? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-puede-terminar-el-proceso-hipotecario-si-un-tercero-paga-la-obligacion-1863/
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