¿Se pueden registrar dos embargos sombre un mismo bien?
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Un usuario preguntó si es posible registrar dos embargos sobre el mismo bien, en su caso, un vehículo que ya tenía un embargo de la DIAN desde 2017 y recibió otro aviso en 2024. La respuesta indica que sí, es posible tener múltiples embargos, pero en este caso específico, el segundo aviso a la Policía es solo informativo. La DIAN notificó a la Policía para que esté al tanto del embargo ya registrado, pero no se trata de un doble embargo. Se sugiere consultar sobre la concurrencia de embargos para más detalles.
La DIAN emitió un embargo a mi vehículo ante la Secretaría de Tránsito, Transporte y de la Movilidad de Ibagué el 30 de agosto de 2017, el cual aún figura en el RUNT, y nuevamente envía por el mismo concepto, pero esta vez a la Policía el 10 de mayo de 2024. ¿Esto es posible? ¿Que sean enviadas estas medidas de embargo por la DIAN, al mismo vehículo, por el mismo concepto, 2 veces?
Respuestas: (1)
Sí es posible registrar dos embargos sobre un mismo bien, pero en el caso que usted plantea, probablemente lo que ha ocurrido es que la Dian ha notificado a la policía del embargo para que lo ingrese en su base de datos y pueda ser inmovilizado en los controles que se realizan rutinariamente en las vías del país.
El embargo solo es registrado por la autoridad de tránsito, quien lleva el registro de los vehículos, y el oficio enviado a la policía solo es para efectos informativos, es decir, que no se registra un doble embargo, solo se informa a las diferentes entidades de la orden de embargo.
Consulte: Concurrencia o coexistencia en el registro de embargos.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, noviembre 14). ¿Se pueden registrar dos embargos sombre un mismo bien? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-pueden-registrar-dos-embargos-sombre-un-mismo-bien-865/
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