📅 25/12/2023
💬 788

Publicado: 2024-04-05
Editado: 2024-04-05 por Gerencie.com

¿Si el inquilino no paga se le puede negar la entrada al inmueble?

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Un usuario del foro pregunta si puede negar la entrada a su inquilino que le debe dos meses de arriendo. La respuesta aclara que no puede hacerlo. En lugar de eso, debe notificar al inquilino sobre la terminación del contrato y solicitar la entrega del inmueble. Si el inquilino se niega, debe iniciar un proceso de restitución ante un juez. Además, se le aconseja iniciar un proceso ejecutivo para reclamar el pago de los arriendos y servicios adeudados, que puede incluir al inquilino y a un posible codeudor.

Tengo un inquilino que me debe 2 meses de arriendo y simplemente se niega a pagarme. ¿Puedo negarle la entrada al inmueble?

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2004

Publicado:2024-04-05
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No. Lo que debe hacer es notificarle que por su incumplimiento da por terminado el contrato de arrendamiento, y solicitarle que le haga entrega del inmueble, y si se niega, debe iniciar un proceso de restitución de inmueble para que un juez ordene el lanzamiento con acompañamiento de la policía si es necesario.

Consulte: Restitución de inmueble arrendado.

Paralelamente debe iniciar un proceso ejecutivo con base al contrato de arrendamiento para conseguir que le pague los cánones de arrendamiento y servicios públicos que le adeuda, demanda que puede dirigir tanto al inquilino como a su codeudor en caso de tener uno.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, abril 5). ¿Si el inquilino no paga se le puede negar la entrada al inmueble? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-el-inquilino-no-paga-se-le-puede-negar-la-entrada-al-inmueble-190/

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