¿Si estoy pensionado por invalidez y cumplo requisitos puedo pensionarme por vejez?
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Un usuario pregunta si puede pensionarse por vejez tras estar pensionado por invalidez durante 7 años y haber cumplido la edad de jubilación. La respuesta aclara que, si su pensión de invalidez proviene de un fondo de pensiones, no puede recibir ambas pensiones simultáneamente. Sin embargo, puede optar por la pensión de vejez si cumple con los requisitos. No es obligatorio el cambio, y se recomienda evaluar cuál pensión ofrece una mesada mayor, considerando que la pensión de invalidez suele ser inferior a la de vejez, salvo en casos donde el ingreso base de liquidación sea bajo.
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Respuestas: (1)
Si usted está pensionado por invalidez de origen común, es decir, su pensión de invalidez la paga el fondo de pensiones, no puede recibir las dos pensiones por prohibición expresa del artículo 13 de la ley 100 de 1993, pero si cumple los requisitos de edad y semanas cotizadas para tener derecho a la pensión de vejez, puede optar por ella, así que deberá elegir una de las dos.
No es obligatorio que cambie la pensión de invalidez por la de vejez. Es optativo, de modo que usted elige la que le convenga, la que le represente una mesada pensional superior.
Dependiendo del grado de invalidez, generalmente la pensión de invalidez es inferior a la pensión de vejez, siempre y cuando su IBL sea superior al salario mínimo, porque si no lo es, la mesada pensional será la misma en la pensión de vejez y la de invalidez, de un salario mínimo.
Por consiguiente, antes de solicitar el cambio debe verificar de cuánto sería su pensión de vejez aproximada, y si está afiliado a Colpensiones, puede hacer ese cálculo con nuestra calculadora de pensiones gratuita.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, agosto 10). ¿Si estoy pensionado por invalidez y cumplo requisitos puedo pensionarme por vejez? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-estoy-pensionado-por-invalidez-y-cumplo-requisitos-puedo-pensionarme-por-vejez-1639/
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