¿Si trabajo 9 horas, tengo derecho a la hora de almuerzo?
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Un usuario pregunta si tiene derecho a una hora de almuerzo al trabajar 9 horas diarias como guarda de seguridad. La respuesta aclara que, aunque la hora de almuerzo generalmente se descuenta si el trabajador no está en servicio, en el caso de los guardas de seguridad, este tiempo suele coincidir con sus labores. Por lo tanto, no se le puede descontar el tiempo trabajado, ya que están prestando servicio durante su almuerzo. En resumen, el guarda de seguridad tiene derecho a que se le remunere por ese tiempo, ya que no puede ausentarse de su puesto.
Respuestas: (1)
La hora de almuerzo se descuenta, es decir, no se remunera cuando es tomada efectivamente por el trabajador. Es decir, cuando el trabajador se toma la hora para almorzar y durante ese tiempo no labora, puesto que es un tiempo del que el trabajador puede disponer a su voluntad. En el caso de los guardas de seguridad, en general ese no es el caso.
Lo normal es que el guarda de seguridad tome el almuerzo al tiempo que presta sus servicios y no puede ausentarse de su puesto de trabajo durante su hora de almuerzo, y en ese sentido se le debe remunerar porque está prestando un servicio, es decir.
Al trabajador no se le puede descontar el tiempo que ha laborado efectivamente.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 27). ¿Si trabajo 9 horas, tengo derecho a la hora de almuerzo? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-trabajo-9-horas-tengo-derecho-a-la-hora-de-almuerzo-1042/
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