¿Si ya completé las semanas pero no he cumplido la edad de pensión estoy obligado a seguir cotizando a pensión?
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La duda planteada es si una persona con 1,700 semanas cotizadas, pero que aún no ha alcanzado la edad de pensión, está obligada a seguir cotizando. La respuesta es afirmativa: según la Ley 100 de 1993, la obligación de cotizar persiste hasta cumplir todos los requisitos para pensionarse, que en este caso incluye la edad. Además, al ser declarante de renta, se considera que tiene capacidad de pago, lo que refuerza la obligación de aportar. Si no lo hace, podría enfrentar sanciones y la exigencia de pago con intereses por parte de la Dian y la UGPP.
Respuestas: (1)
La obligación de cotizar a pensión subsiste mientras no se hayan cumplido los requisitos para obtener la pensión según lo establece la Ley 100 de 1993 en su artículo 17, y en su caso aún no se han cumplido; solo ha cumplido uno de ellos, las semanas cotizadas, pero le falta cumplir el requisito de la edad.
Además, indica usted que es declarante de renta, y ello significa que probablemente tiene capacidad de pago, y mientras exista esa capacidad es obligatorio que realice los aportes a pensión hasta tanto no cumpla los requisitos para pensionarse.
Al declarar renta, la Dian cruza esa información con la UGPP, y si se determina que sus ingresos mensuales son iguales o superiores al salario mínimo mensual, será requerido por aquella entidad, quien podrá imponerle sanciones por la omisión de aportes y exigirle que los pague con intereses de mora.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, enero 23). ¿Si ya completé las semanas pero no he cumplido la edad de pensión estoy obligado a seguir cotizando a pensión? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/si-ya-complete-las-semanas-pero-no-he-cumplido-la-edad-de-pension-estoy-obligado-a-seguir-cotizando-a-pension-2060/
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