¿A qué cuenta debo registrar los gastos de estacionamiento?
Leer resumen
Un usuario del foro preguntó sobre la cuenta adecuada para registrar los gastos de estacionamiento en su empresa, dado que estos representan sumas significativas. Las respuestas sugieren que estos gastos pueden registrarse en la cuenta 523595 o 513595 bajo "Otros servicios", o en la cuenta 525595 o 515595 como "Gastos de viaje - Otros". Se aclara que, aunque generalmente se consideran parte de los gastos de viaje, si no corresponde a esta categoría, se puede optar por las cuentas de servicios, dependiendo de la situación específica.
Respuestas: (1)
Los gastos de estacionamiento o parqueadero se pueden contabilizar en una de las siguientes cuentas:
- 523595 – 513595 (Otros servicios)
- 525595 – 515595 (Gastos de viaje - Otros)
Generalmente, el parqueadero o estacionamiento hace parte de los gastos de viaje, pero no siempre es así. En caso de no corresponder a un gasto de viaje, se puede utilizar la cuenta de servicios, ya sea la 51 o la 52, según corresponda.
Preguntas relacionadas:
- ¿Cómo se contabiliza la amortización de la prima pagada en la compra de títulos de inversión?
- ¿Cómo justificar que devoluciones de prestamos y consignaciones para gastos no son ingresos ante la UGPP cuando no hay contrato?
- ¿Qué debe hacer contablemente la empresa si un trabajador retira los aportes a pensión para seguir trabajando?
- ¿Cómo se contabiliza el embargo de una cuenta bancaria?
- ¿Cómo realizar una auditoría interna al presupuesto de la empresa?
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, marzo 13). ¿A qué cuenta debo registrar los gastos de estacionamiento? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/a-que-cuenta-debo-registrar-los-gastos-de-estacionamiento-1216/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes