¿Anticipos y saldos a favor de las declaraciones pasadas se pueden usar?
Si se declaró en 2021 dando saldo a pagar y calculando anticipo, igual en 2022 se tomó el anticipo del año pasado y se calculó para el año siguiente. Si en 2023 no tenía obligación de declarar y no declaró, ¿para el 2024 en la declaración se puede tomar el anticipo del 2022 para restarlo?
Respuestas: (1)
En nuestro criterio, los anticipos y el saldo a favor que se generan en una declaración se deben imputar en la declaración de renta del año siguiente. Si en el año siguiente la persona natural no declara renta por no tener la obligación, no puede imputar esos valores en la del siguiente año.
En consecuencia, el saldo a favor que se ha determinado en 2022 y el anticipo de renta que se haya pagado por 2023 no pueden ser imputados en la declaración de renta de 2024, pues solo se podían imputar en el año siguiente, que era 2023.
Lo que debe hacer es solicitar la devolución de esos valores y declarar 2024 sin imputarlos.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 11). ¿Anticipos y saldos a favor de las declaraciones pasadas se pueden usar? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/anticipos-y-saldos-a-favor-de-las-declaraciones-pasadas-se-pueden-usar-1856/
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