¿Procede la reducción de las sanciones cuando se declara por primera vez y de forma extemporánea?
Si una persona nunca ha declarado y debe declarar 2024, pero revisando la información exógena superó los topes de 2023 y 2022, y no le han llegado oficios ni emplazamientos, ¿se puede usar la reducción del 75% de la sanción en las declaraciones extemporáneas de 2023 y 2022?
Respuestas: (1)
Consideramos que, para la sanción por extemporaneidad del año gravable 2022 sí procede la reducción del 50% de la sanción en los términos del artículo 640 del estatuto tributario, por cuanto es la primera vez en que incurre en un hecho sancionable.
En el caso de la sanción por extemporaneidad de la declaración de renta del 2023 no aplica reducción en razón a que ya no es la primera vez que incurre en un hecho sancionable, porque lo incurrió en el año anterior (2022) y es preciso que en el último año o en los últimos 2 años no se haya incurrido en la misma sanción, y, se repite, para el 2023 no se da ninguno de esos escenarios.
En consecuencia, puede aplicar la reducción al 50% de la sanción del 2022 y pagar el 100% de la sanción del 2023.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 11). ¿Procede la reducción de las sanciones cuando se declara por primera vez y de forma extemporánea? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procede-la-reduccion-de-las-sanciones-cuando-se-declara-por-primera-vez-y-de-forma-extemporanea-1855/
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