¿Aportes a seguridad social se informan en la casilla 33 del formulario 110?
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Un usuario del foro preguntó si los aportes a salud y pensión que realiza la empresa deben incluirse en la casilla 33 del formulario 110. La respuesta aclara que estos aportes no deben incluirse en dicha casilla, ya que se informan en la casilla 34. La casilla 33 está destinada a los pagos laborales directos al trabajador, como salarios y prestaciones sociales, mientras que los aportes a seguridad social son considerados cargas parafiscales que asume la empresa.
¿Los aportes a salud y pensión que realiza la empresa se deben incluir en la casilla 33 del formulario 110?
Muchas gracias.
Respuestas: (1)
En nuestro criterio, los aportes a seguridad social en salud, pensión y ARL no se deben incluir en el renglón 33 del formulario de renta 110 porque estos se informan en la casilla 34.
En la casilla 33 se informan los pagos laborales que se realizan al trabajador, como salarios y prestaciones sociales, que son los valores que se causan en cabeza del trabajador.
Los aportes a seguridad social a cargo del empleador se derivan de la nómina, pero no son un pago laboral que se realiza al trabajador, sino que son una carga parafiscal que debe asumir la empresa.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 30). ¿Aportes a seguridad social se informan en la casilla 33 del formulario 110? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/aportes-a-seguridad-social-se-informan-en-la-casilla-33-del-formulario-110-1369/
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