📅 22/01/2026
💬 4

Publicado: 2026-02-05

¿Arrendadores deben pagar seguridad social por sus ingresos?

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En la discusión, se plantea la duda sobre si los arrendadores deben pagar seguridad social por sus ingresos. La respuesta es afirmativa: todas las personas naturales que obtienen ingresos por arrendamiento, ya sea de viviendas o locales comerciales, deben contribuir a la seguridad social como trabajadores independientes. El aporte se calcula sobre el 40% de los ingresos, tras deducir costos presuntos, que para arrendamientos es del 27.5%. Además, se debe considerar la suma de todos los ingresos independientes para determinar la base de cotización. Se sugiere utilizar una calculadora para facilitar el cálculo del aporte.

Los ingresos por concepto de arrendamiento de una persona natural deben aportar a la seguridad social.

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2020

Publicado:2026-02-06
00

Sí. Toda persona natural que obtenga ingresos por arrendamiento, ya sea de una vivienda, local comercial, maquinaria o cualquier otro concepto, debe pagar seguridad social sobre esos ingresos como trabajador independiente.

El pago se realiza sobre el 40% de los ingresos, previo deducción de los costos presuntos, que para el caso de los ingresos por arrendamiento se clasifica como rentista de capital, y como tal puede descontar el 27.5% por concepto de costo presunto.

Es importante precisar que para determinar la base de cotización se suman todos los ingresos que la persona tenga como independiente, y sobre ese total se determina el 40%.

Para calcular el valor del aporte a seguridad social, utilice nuestra calculadora de aportes a seguridad social en trabajadores independientes.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2026, febrero 5). ¿Arrendadores deben pagar seguridad social por sus ingresos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/arrendadores-deben-pagar-seguridad-social-por-sus-ingresos-2085/

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