¿Se aplica autorretención en el cobro de intereses moratorios facturados?
📄 Leer resumen
Un usuario pregunta si debe aplicar autorretención en el cobro de intereses moratorios facturados. La respuesta aclara que sí, ya que la autorretención especial en renta se aplica a todos los ingresos gravados, incluyendo los intereses cobrados a clientes. Sin embargo, no se aplica en casos de ingresos exentos o no gravados. Además, se menciona que el porcentaje de retención debe corresponder a la actividad principal del contribuyente.
Soy autorretenedor en renta y facturé unos intereses por mora a un cliente, ¿estos intereses facturados también causan autorretención?
Respuestas: (1)
La autorretención especial en renta se debe aplicar a todos los ingresos que se causen y que están gravados con el impuesto a la renta, como es el caso de los intereses que el contribuyente cobre a sus clientes, sean remuneratorios o moratorios.
No se aplica autorretención cuando el ingreso causado está exento del impuesto a la renta, o es un ingreso no gravado, como lo señala el artículo 1.2.6.8 del decreto 1625 de 2016, y ese no es el caso de los intereses comerciales que se cobran a los clientes.
En cuanto al porcentaje de retención, es el que corresponde a la actividad principal del contribuyente al tratarse de la autorretención especial.
Preguntas relacionadas:
- ¿Gran contribuyente y autorretenedor son lo mismo?
- ¿Se debe aplicar autorretención especial en renta sobre los rendimientos financieros?
- ¿En qué casilla del formulario 350 se registran las autorretenciones al régimen simple de tributación?
- ¿Recibo de pago 490 cuando hay sanción y saldo a favor?
- ¿Presunción de costos en seguridad social aplica también en el impuesto de renta?
Nuestros productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, enero 8). ¿Se aplica autorretención en el cobro de intereses moratorios facturados? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/autorretencion-en-intereses-facturados-2031/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí

Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes