¿Bienes exportados son exentos y dan derecho a la devolución de Iva?
Soy persona jurídica responsable de IVA, que comercializa sus productos en el país. Si decido, a su vez, exportar, ¿la venta al exterior sería exenta de IVA y podría solicitar la devolución del IVA bimestral?
¿Cómo sería ese proceso si mis compras son gravadas?
Disculpe si no he planteado bien la pregunta...
Respuestas: (1)
Sí. El artículo 479 del Estatuto Tributario señala que los bienes corporales muebles que se exporten están exentos del IVA, y el artículo 481 del mismo estatuto dice que los bienes exportados dan derecho a la devolución del IVA, es decir, de los saldos a favor en IVA.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 23). ¿Bienes exportados son exentos y dan derecho a la devolución de Iva? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/bienes-exportados-son-exentos-y-dan-derecho-a-la-devolucion-de-iva-1034/