¿Bienes exportados son exentos y dan derecho a la devolución de Iva?
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Un usuario del foro pregunta si los bienes exportados están exentos de IVA y si puede solicitar la devolución del IVA bimestral, dado que es una persona jurídica responsable de este impuesto. La respuesta aclara que, según el artículo 479 del Estatuto Tributario, los bienes exportados están exentos de IVA, y el artículo 481 establece que estos bienes dan derecho a la devolución del IVA, permitiendo así solicitar los saldos a favor. Por lo tanto, la solución es que sí, puede exportar sin IVA y solicitar la devolución correspondiente.
¿Cómo sería ese proceso si mis compras son gravadas?
Disculpe si no he planteado bien la pregunta...
Respuestas: (1)
Sí. El artículo 479 del Estatuto Tributario señala que los bienes corporales muebles que se exporten están exentos del IVA, y el artículo 481 del mismo estatuto dice que los bienes exportados dan derecho a la devolución del IVA, es decir, de los saldos a favor en IVA.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, enero 23). ¿Bienes exportados son exentos y dan derecho a la devolución de Iva? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/bienes-exportados-son-exentos-y-dan-derecho-a-la-devolucion-de-iva-1034/
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