¿Cómo se aplica la reducción de la sanción del decreto 0240 de 2026?
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Un usuario del foro pregunta cómo aplicar la reducción de la sanción del decreto 0240 de 2026 en su declaración ya presentada. Específicamente, se cuestiona si debe ajustar la sanción en el recibo de pago 490 o corregir la declaración original. Las respuestas indican que, según un concepto de la Dian, se debe pagar el 15% de la sanción en el recibo oficial de pago, reflejando ya la reducción. Sin embargo, también se sugiere que, aunque no es obligatorio, podría ser más sencillo corregir la declaración para reflejar la sanción reducida mientras se espera una aclaración oficial de la Dian.
Respuestas: (1)
La norma no lo especifica, pero la Dian, en concepto general 117 de enero 26 de 2026 sobre el decreto anterior que fue derogado, planteó la siguiente situación:
«14. ¿Cómo se debe liquidar la sanción reducida del 15% al momento de diligenciar el recibo oficial de pago?
Teniendo en cuenta que al aplicar el beneficio se debe pagar el 15% del valor total de la sanción (sanción y actualización) o el saldo pendiente de pago en aquellos casos en que existan pagos parciales, es importante precisar que en el recibo oficial de pago se debe incluir en el renglón correspondiente a la sanción a pagar, el valor ya reducido, es decir el 15% y no el valor correspondiente al 100% de la sanción liquidada.»
De lo anterior se interpreta que la reducción de la sanción se hará efectiva al momento de diligenciar el recibo 390, al momento de hacer el pago.
Sin embargo, considerando lo sencillo que resulta corregir una declaración, podría optarse por corregirla para modificar la sanción mientras la Dian precisa el procedimiento a seguir.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, marzo 19). ¿Cómo se aplica la reducción de la sanción del decreto 0240 de 2026? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-aplica-la-reduccion-de-la-sancion-del-decreto-0240-de-2026-2164/
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