¿Cómo se contabiliza y declara el Iva de las comisiones bancarias?
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En la discusión se plantea la duda sobre cómo contabilizar y declarar el IVA de las comisiones bancarias. La solución depende de si las comisiones son consideradas costo o gasto para el impuesto a la renta. Si lo son y el contribuyente es responsable del IVA, el IVA pagado se registra como un débito en la cuenta 2408 y un crédito en la cuenta de bancos, siendo descontable en la declaración de IVA. En cambio, si las comisiones no son costo o gasto, el IVA se contabiliza como un mayor valor del gasto y no se incluye en la declaración de IVA.
Respuestas: (1)
El IVA que cobran los bancos por las comisiones bancarias se debe contabilizar, y la forma de contabilización depende de si la comisión bancaria que se paga se puede tratar como IVA descontable o no.
El artículo 488 del estatuto tributario señala que sólo se puede descontar el IVA por operaciones que constituyen costo o gasto en el impuesto a la renta, de modo que esa es la pauta a tener en cuenta.
En ese orden de ideas, si las comisiones constituyen costo o gasto en el impuesto a la renta, y el contribuyente es responsable del IVA, el IVA pagado en las comisiones bancarias es descontable y, como tal, se registra como un débito en la cuenta 2408 y un crédito en la cuenta de bancos, ya que el banco le descuenta ese valor. Ese IVA se incluye en la declaración de IVA como impuesto descontable.
Por el contrario, si la comisión bancaria no constituye costo o gasto en el impuesto a la renta, o si el contribuyente no es responsable del IVA, el IVA pagado en la comisión bancaria se contabiliza como un mayor valor del gasto (comisión bancaria), y no se incluye en la declaración de IVA.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 7). ¿Cómo se contabiliza y declara el Iva de las comisiones bancarias? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-contabiliza-y-declara-el-iva-de-las-comisiones-bancarias-1728/
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