¿Cómo se declaran las retenciones en la fuente que hacen los bancos?
Buenos Días.
¿En qué consiste la retención que hacen los bancos en Colombia bajo el título, RETEFUENTE? ¿Es el mismo 4x1000? ¿Se considera esa RETEFUENTE una deducción imputable de alguna renta? De ser así, ¿en que Cédula del formulario 210 de la DIAN debo registrarla?
De antemano, gracias.
Respuestas: (1)
El banco aplica y certifica 2 retenciones a saber:
- Retención por rendimientos financieros.
- Retención en la fuente GMF (4x1000)
El banco aplica retención en la fuente por rendimientos financieros a título de renta, y esa retención se declara precisamente como retenciones practicadas, que disminuyen el impuesto a pagar en la sección «Liquidación privada» del formulario 210.
De otra parte, el banco recauda el 4x1000, que es un gravamen (impuesto) que es retenido en su totalidad por el banco, y dicho impuesto se declara como deducción en el impuesto a la en los términos del artículo 115 del estatuto tributario.
En consecuencia, se puede deducir el 50% del 4x1000 sin que deba acreditarse relación de causalidad con la actividad generadora de renta, y por ser una deducción especial se declara en la sección «Otras deducciones imputables» en la cédula general.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 10). ¿Cómo se declaran las retenciones en la fuente que hacen los bancos? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-declaran-las-retenciones-en-la-fuente-que-hacen-los-bancos-273/
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