¿Cómo se liquida lo devengado por una empleada doméstica?
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La duda planteada en el foro se centra en cómo liquidar lo devengado por una empleada doméstica al finalizar su contrato. La solución incluye el pago de varios conceptos: el último salario, vacaciones pendientes, prima de servicios, auxilio de cesantías e intereses de cesantías. Las prestaciones sociales se calculan sobre el salario total, incluyendo pagos en especie y auxilio de transporte. Para calcular cada concepto, se deben considerar los días trabajados en el periodo correspondiente, como 360 días para cesantías anuales o 180 días para la prima de servicios semestral.
Respuestas: (1)
Al liquidar a una empleada doméstica, se le deben pagar los siguientes conceptos:
- Último salario o salarios pendientes de pago al momento de terminar el contrato de trabajo.
- Vacaciones pendientes de disfrute.
- Prima de servicios.
- Auxilio de cesantías.
- Intereses de cesantías.
Las prestaciones sociales, que son los últimos 3 conceptos, se liquidan sobre el salario de la empleada, que incluye el pago en especie, si lo hay, y el auxilio de transporte en caso de que se le haya pagado por tener derecho a él.
Para el cálculo de lo anterior se utilizan las siguientes fórmulas:
|
Prestación. |
Fórmula. |
|
Prima de servicios |
(Salario mensual * Días trabajados)/360 |
|
Cesantías |
(Salario mensual * Días trabajados)/360 |
|
Intereses sobre cesantías |
(Cesantías * Días trabajados * 0,12)/360 |
|
Vacaciones |
(Salario mensual básico * Días trabajados)/720 |
Los días trabajados hacen referencia al periodo al cual corresponde el concepto que va a liquidar.
Por ejemplo, las cesantías se liquidan anualmente, de modo que si el trabajador trabajó el año completo, los días trabajados son 360; si trabajó 4 meses, los días liquidados son 4 meses.
En el caso de la prima de servicios, como esta se debe pagar cada 6 meses, en junio y diciembre, los días trabajados para cada periodo máximo son 180 días.
Si usted liquidó las prestaciones sociales en diciembre pasado, como debe ser, entonces los días trabajados van desde el 1 de enero hasta el 30 de mayo, suponiendo que liquide a la empleada hoy, de modo que son 150 días trabajados.
Consulte el siguiente artículo:
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 29). ¿Cómo se liquida lo devengado por una empleada doméstica? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/como-se-liquida-lo-devengado-por-una-empleada-domestica-1485/
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