📅 25/12/2023
💬 788

Publicado: 2024-09-05

¿Cuánto se puede embargar en un contrato de prestación de servicios?

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Un usuario pregunta cuánto se puede embargar de sus honorarios en un contrato de prestación de servicios. Las respuestas indican que los límites de embargo son similares a los de los salarios: no se puede embargar el salario mínimo y solo se permite embargar el 20% de la cantidad que exceda este mínimo. Sin embargo, si el embargo es por deudas con cooperativas o cuotas alimentarias, se puede embargar hasta el 50% de los honorarios, incluso si son inferiores al salario mínimo. Se sugiere utilizar una herramienta para calcular el límite máximo de embargo.

Tengo un contrato de prestación de servicios y quiero saber cuánto de mis honorarios me puede embargar el banco.

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2008

Publicado:2024-09-05
00

Los honorarios o remuneración que se paga en un contrato de prestación de servicios se someten a los mismos límites que dispone la ley para el embargo de salarios, es decir, que no se puede embargar el salario mínimo y sólo se puede embargar el 20% de la parte que exceda el salario mínimo.

Si el embargo es por deudas con cooperativas o cuotas alimentarias se puede embargar hasta el 50% de los honorarios, incluso si son inferiores al salario mínimo.

En esta herramienta puede calcular el límite máximo que le pueden embargar.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, septiembre 5). ¿Cuánto se puede embargar en un contrato de prestación de servicios? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/cuanto-se-puede-embargar-en-un-contrato-de-prestacion-de-servicios-643/

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