¿Debo pagar ganancia ocasional si vendo mi casa para comprarme otra?
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Un usuario preguntó si debía pagar impuesto por ganancia ocasional al vender su casa para comprar otra. La respuesta indica que, si se vende la casa de habitación y se utiliza el dinero para adquirir otra vivienda con la misma finalidad, se estará exento de pagar el impuesto sobre las ganancias ocasionales hasta un límite de 5,000 UVT, siempre que se cumplan ciertos requisitos del artículo 311-1 del estatuto tributario. Es esencial reinvertir el total de la venta en la nueva vivienda o depositarlo en una cuenta AFC para beneficiarse de esta exención.
Tengo una casa en la cual habito. Si la vendo por un mayor valor al precio de compra para comprar con ese valor un apartamento para habitarlo, ¿debo pagar el impuesto de ganancia ocasional a pesar de ser para habitarlo?
Gracias por la respuesta.
Respuestas: (1)
Cuando se vende la casa de habitación y con el dinero de la venta se compra otra casa o apartamento con la misma destinación (habitación), estará exenta del impuesto a las ganancias ocasionales los primeros 5.000 Uvt ($248.995.000) de la utilidad generada por esa venta, siempre y cuando se cumpla con los requisitos señalados en el artículo 311-1 del estatuto tributario.
Para ello, el valor total que se obtenga de la venta de la casa debe ser invertido en comprar otra vivienda o consignarlas en una cuenta AFC. Consulte el siguiente artículo:
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 11). ¿Debo pagar ganancia ocasional si vendo mi casa para comprarme otra? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/debo-pagar-ganancia-ocasional-si-vendo-mi-casa-para-comprarme-otra-1752/
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