📅 04/03/2026
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Publicado: 2026-03-04

Derechos de retroactivos.

Buenas tardes.
Si a un trabajador se le califica la pérdida de la capacidad laboral por enfermedades comunes, como Parkinson, depresión, diabetes y presión arterial, y dicha calificación determina una pérdida del 52 % de la capacidad laboral, la cual fue calificada el mes de julio de 2025,
el trabajador estaba reubicado en casa porque ya no podía ejercer sus funciones y llevaba incapacitado por más de 180 días, por el especialista neurólogo.

Solo hasta diciembre de 2025 salió la resolución de Colpensiones, en la que la entidad manifestó que pagaría la primera mesada de pensión el 30 de enero del presente año.

El trabajador solicitó su pensión el mismo mes de julio del año 2025. El trabajador tiene derecho a los retroactivos. ¿Cuáles son los artículos, jurisprudencias, normas que lo respaldan o no tiene derecho? ¿Cuáles son las normas que lo confirman?

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2026, marzo 4). Derechos de retroactivos. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/derechos-de-retroactivos-2131/

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