¿El mínimo valor de las prestaciones sociales debe calculase con respecto al salario mínimo?

Planteo el siguiente ejemplo para contextualizar mejor la pregunta.

Una persona tiene un contrato laboral, trabaja medio tiempo y le pagan medio salario mínimo. Para efectos de la seguridad social y los parafiscales, sé que la base mínima es el salario mínimo. Ahora bien, para efectos de calcular las prestaciones sociales, ¿la base mínima también debe ser el salario mínimo o debe ser el valor real, en este caso medio salario mínimo, porque trabaja medio tiempo?

¿Me citas, por favor, la norma que hace referencia a esto?

Fecha: 2025-10-23

Respuestas: (1)

No existe una norma que establezca una base mínima para liquidar las prestaciones sociales, por lo que esa afirmación es incorrecta. Las prestaciones sociales se liquidan sobre el salario que devengue el trabajador, sin importar si es inferior o superior al salario mínimo.

Por ejemplo, en el caso de la prima de servicios, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo señala que esta corresponderá a 30 días de salario por año, sin establecer ningún condicionamiento.

Igual sucede con el auxilio de cesantías. El artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo se limita a señalar que corresponden a un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año, sin que se establezcan límites, ni mínimos ni máximos.

Prestaciones sociales
Prestaciones sociales.Que es una prestación social, que conceptos comprende, porcentaje de prestaciones, y base para su liquidación.
Fecha: 2025-10-23
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, octubre 23). ¿El mínimo valor de las prestaciones sociales debe calculase con respecto al salario mínimo? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/el-minimo-valor-de-las-prestaciones-sociales-debe-calculase-con-respecto-al-salario-minimo-1884/

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