¿Empresa debe pagar la licencia de maternidad completa si la empleada inicia a trabajar estando embarazada?
Hay una empleada que entró a laborar con la empresa desde el 04 de agosto de 2025. Ese día se le hicieron las afiliaciones correspondientes. O sorpresa, esta persona se encuentra embarazada. Sabemos que la incapacidad materna es de 126 días, pero esta incapacidad no la paga la EPS al 100% por haber empezado su control mucho después del día uno, sino proporcional al tiempo cotizado.
¿La empresa, como tal, tendría que pagarle los 126 días completos?
También nos genera una duda con esta trabajadora. El resto del personal se liquida en diciembre (vacaciones colectivas). La empresa se cierra, es una empresa de confecciones y bordados, y por este tiempo, la verdad, no hay trabajo. Se volverían a retomar labores más o menos el día 16 de enero de 2026. ¿Cuál sería el trato con la trabajadora embarazada? ¿Se le paga a ella o se daría como vacaciones anticipadas? Nos pueden orientar en esta parte.
Gracias
Respuestas: (3)
En efecto, cuando la empleada inicia el contrato de trabajo estando embarazada, implica que no alcance a cotizar el periodo completo de gestación, de modo que la EPS no reconocerá la licencia completa; la reconoce proporcionalmente al tiempo de gestación cotizado, y la empresa tendrá que pagar la diferencia.
Es así porque la licencia de maternidad no suspende el contrato de trabajo y, mientras el contrato no esté suspendido, la empresa deberá pagar el salario, incapacidades o licencias que se causen, y en este caso la licencia es el 100% del salario de la empleada.
La empresa debe pagar la totalidad de la licencia a la empleada para luego recobrar lo pagado a la EPS, que sólo le reconoce una parte, debiendo la empresa asumir el resto.
Gerencie.com dijo:En efecto, cuando la empleada inicia el contrato de trabajo estando embarazada, implica que no alcance a cotizar el periodo completo de gestación, de modo que la EPS no reconocerá la licencia completa; la reconoce proporcionalmente al tiempo de gestación cotizado, y la empresa tendrá que pagar la diferencia.
Es así porque la licencia de maternidad no suspende el contrato de trabajo y, mientras el contrato no esté suspendido, la empresa deberá pagar el salario, incapacidades o licencias que se causen, y en este caso la licencia es el 100% del salario de la empleada.
La empresa debe pagar la totalidad de la licencia a la empleada para luego recobrar lo pagado a la EPS, que sólo le reconoce una parte, debiendo la empresa asumir el resto.
Ver masTambién nos genera una duda con esta trabajadora. El resto del personal se liquida en diciembre (vacaciones colectivas). La empresa se cierra; es una empresa de confecciones y bordados, y por este tiempo, la verdad, no hay trabajo. Se volverían a retomar labores más o menos el día 16 de enero de 2026. ¿Cuál sería el trato con la trabajadora embarazada? ¿Se le paga a ella o se daría como vacaciones anticipadas? ¿Nos pueden orientar en esta parte?
Qué pena, también les hice esta pregunta, pero no la respondieron. ¿Me pueden hacer el favor?
Gracias
LILIANA GIRALDO OROZCO dijo:También nos genera una duda con esta trabajadora. El resto del personal se liquida en diciembre (vacaciones colectivas). La empresa se cierra; es una empresa de confecciones y bordados, y por este tiempo, la verdad, no hay trabajo. Se volverían a retomar labores más o menos el día 16 de enero de 2026. ¿Cuál sería el trato con la trabajadora embarazada? ¿Se le paga a ella o se daría como vacaciones anticipadas? ¿Nos pueden orientar en esta parte?
Qué pena, también les hice esta pregunta, pero no la respondieron. ¿Me pueden hacer el favor?
Gracias
Ver masEn razón a que las vacaciones colectivas no implica terminar el contrato ni suspenderlo, la trabajadora puede ser incluida en las vacaciones colectivas; no hay ley que lo prohíba por cuanto el contrato sigue vigente y se siguen cumpliendo las obligaciones laborales.
Lo que no puede hacer es liquidarla, es decir, terminarle el contrato de trabajo; no puede hacerlo incluso bajo la promesa de contratarla nuevamente al terminar las vacaciones.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, octubre 27). ¿Empresa debe pagar la licencia de maternidad completa si la empleada inicia a trabajar estando embarazada? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/empresa-debe-pagar-la-licencia-de-maternidad-completa-si-la-empleada-inicia-a-trabajar-estando-embarazada-1891/
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