¿En qué casilla del formulario 350 se registran las autorretenciones al régimen simple de tributación?
¿En qué casilla del formulario 350 se deben registrar las autorretenciones por ventas al régimen simple de tributación?
Respuestas: (1)
El régimen simple de tributación no es autorretenedor, ni general ni especial, por lo que no habría un caso en que el régimen simple de tributación practique autorretenciones en la fuente que deba declarar.
El artículo 911 del estatuto tributario, de forma expresa, señala que los contribuyentes del régimen simple de tributación no son sujetos a retención en la fuente ni están obligados a practicar retenciones ni autorretenciones en la fuente, excepto sobre pagos laborales. Es decir, que únicamente son agentes de retención sobre pagos laborales, pero nunca autorretenedores.
Ahora, si a lo que se refiere es a la autorretención que el tercero receptor del pago realizado por el régimen simple debe aplicar, consideramos que ese tercero debe incluirla en el renglón 60 y 69 en caso de ser una persona jurídica, puesto que corresponde a una venta para ese tercero. Si es una persona natural debería utilizar los renglones 113 y 121.
Preguntas relacionadas:
- Duda sobre actualización del RUT para colombiano no residente.
- ¿Se debe efectuar retención en la fuente en la enajenación de inmuebles por parte de no residente fiscal?
- ¿El régimen simple de tributación debe practicar retención en la fuente por concepto de rentas de trabajo?
- ¿Qué valor se lleva por retención de IVA en el renglón 85 del formulario 300?
- ¿Recibo de pago 490 cuando hay sanción y saldo a favor?
Nuestros productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, noviembre 2). ¿En qué casilla del formulario 350 se registran las autorretenciones al régimen simple de tributación? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-casilla-del-formulario-350-se-registran-las-autorretenciones-al-regimen-simple-de-tributacion-1912/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí


Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes