¿En qué casilla del formulario 350 se registran las autorretenciones al régimen simple de tributación?
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La duda planteada en el foro se centra en la ubicación de las autorretenciones al régimen simple de tributación en el formulario 350. La respuesta aclara que el régimen simple no es autorretenedor, por lo que no debe registrar autorretenciones, excepto en pagos laborales. Según el artículo 911 del estatuto tributario, estos contribuyentes no están obligados a practicar retenciones. Sin embargo, si un tercero receptor del pago realiza una autorretención, debe registrarla en los renglones 60 y 69 si es persona jurídica, o en los renglones 113 y 121 si es persona natural.
Respuestas: (1)
El régimen simple de tributación no es autorretenedor, ni general ni especial, por lo que no habría un caso en que el régimen simple de tributación practique autorretenciones en la fuente que deba declarar.
El artículo 911 del estatuto tributario, de forma expresa, señala que los contribuyentes del régimen simple de tributación no son sujetos a retención en la fuente ni están obligados a practicar retenciones ni autorretenciones en la fuente, excepto sobre pagos laborales. Es decir, que únicamente son agentes de retención sobre pagos laborales, pero nunca autorretenedores.
Ahora, si a lo que se refiere es a la autorretención que el tercero receptor del pago realizado por el régimen simple debe aplicar, consideramos que ese tercero debe incluirla en el renglón 60 y 69 en caso de ser una persona jurídica, puesto que corresponde a una venta para ese tercero. Si es una persona natural debería utilizar los renglones 113 y 121.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, noviembre 2). ¿En qué casilla del formulario 350 se registran las autorretenciones al régimen simple de tributación? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-casilla-del-formulario-350-se-registran-las-autorretenciones-al-regimen-simple-de-tributacion-1912/
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