Autorretención especial no aplica en el régimen simple de tributación

La autorretención especial en renta de la que trata el artículo 365 del estatuto tributario y el 1.2.6.6 del decreto 1625 de 2016 no aplica para los contribuyentes del régimen simple de tributación; es decir, estos no están obligados a practicarla.

El régimen simple de tributación es un régimen especial en el impuesto a la renta en cuanto a la forma en que se determina el impuesto de renta, tanto en bases como en tarifas, por lo que no se le aplican las reglas generales del impuesto a la renta, como es el caso de la retención en la fuente.

Es así como el mismo artículo 911 del estatuto tributario señala expresamente que los contribuyentes del régimen simple de tributación no están sujetos a retención en la fuente y no están obligados a practicar autorretenciones, lo que incluye la autorretención normal o la especial.

Esto aplica para todo contribuyente del régimen simple, sea persona natural o jurídica, recordando que, en el caso de las personas naturales, aunque no fueran del régimen simple, no les aplica la autorretención especial por ser una figura exclusiva de las personas jurídicas.

Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com. (2025, noviembre 3). Autorretención especial no aplica en el régimen simple de tributación [Entrada de blog]. Recuperado de https://www.gerencie.com/autorretencion-especial-no-aplica-en-el-regimen-simple-de-tributacion.html

Profesionales en nuestro directorio

William Osorio Suárez
Abogado · Derecho tributario
Andrés Puello López
Contador público · Impuestos
Alvaro Andrés Espitia Varón
Contador público · Impuestos

Recomendados.

Registro gratis en Gerencie.com

Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:

  • Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
  • Cuando realice una pregunta será notificado en su correo al recibir respuesta.
  • Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
  • Podrá agregar (Archivar) artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
  • Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
  • Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
  • Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones gratuita.
  • Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.

El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.

Regístrate aquí
Deje su opinión o su pregunta. Trataremos de darle respuesta.
Su comentario o pregunta será editada automáticaente por el sistema.

Regístrese para informarle cuando se responda su pregunta.