¿En qué cédula declaran los ingresos los comerciantes?
¿En qué cédula declaran los ingresos que obtienen los comerciantes y a qué deducciones y rentas exentas pueden acceder?
Respuestas: (1)
Los comerciantes deberán declarar los ingresos derivados de su actividad comercial en la cédula general como rentas no laborales, y allí podrán imputar los costos y gastos asociados a su actividad como costo de ventas, de producción, salarios de empleados, arrendamiento y servicios públicos relacionados con la actividad comercial, etc.
El comerciante, respecto a su actividad comercial, no puede declarar ninguna renta exenta ni deducción especial, pero como persona natural puede declarar como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional sus aportes a seguridad social y deducciones especiales como dependientes, intereses de vivienda, GMF, etc.
La persona natural que es comerciante debe separar su actividad comercial, la de su establecimiento de comercio, de su actividad como persona natural, a fin de identificar las deducciones especiales procedentes y las rentas exentas que pudiera declarar.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, septiembre 12). ¿En qué cédula declaran los ingresos los comerciantes? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/en-que-cedula-declaran-los-ingresos-los-comerciantes-1754/
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