📅 25/09/2024
💬 7

Publicado: 2024-09-25
Editado: 2024-09-27 por Gerencie.com

¿Es obligatorio tener personería jurídica en un edificio?

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Un usuario pregunta si es obligatorio tener personería jurídica para un edificio pequeño de 4 pisos y 5 apartamentos en Cali, que actualmente no la posee. Las respuestas indican que no es obligatorio constituir una personería jurídica para un edificio, ya que el propietario puede decidir cómo administrarlo, ya sea como persona natural o jurídica. Además, si los apartamentos tienen diferentes dueños, pueden optar por establecer una propiedad horizontal, pero esto también es una decisión voluntaria de los propietarios.

¿Es obligatorio tener personería jurídica en un edificio pequeño de 4 pisos y 5 aptos en Cali ? El edificio tiene más de 20 años y no cuenta con personería jurídica actualmente.

Respuestas: (1)

📅 14/01/2005
💬 2008

Publicado:2024-09-27
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No es obligatorio constituir una personería jurídica respecto a un edificio. El dueño del edificio decide cómo administrarlo, ya sea como persona natural o como persona jurídica.

En el caso de que los apartamentos tengan diferentes dueños, podrían constituir una propiedad horizontal, lo que tampoco es obligatorio, sino que será una decisión que tomen libremente todos los propietarios.

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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2024, septiembre 25). ¿Es obligatorio tener personería jurídica en un edificio? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/es-obligatorio-tener-personeria-juridica-en-un-edificio-719/

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