¿Existe el recargo nocturno festivo?
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La duda planteada en el foro era si existe un recargo nocturno festivo. La respuesta aclara que sí, este recargo se origina de la acumulación de dos recargos: el de trabajo festivo y el de trabajo nocturno. Es decir, al trabajar en un día festivo durante horario nocturno, se aplican ambos recargos, resultando en un total del 110% sobre el valor de la hora ordinaria, que se compone del 75% del recargo festivo y el 35% del recargo nocturno.
Respuestas: (1)
Sí. El recargo nocturno festivo existe, pero como resultado de la acumulación de dos recargos: el de trabajo festivo y el de trabajo nocturno.
El recargo festivo se paga por trabajar en un día festivo, y el recargo nocturno se paga por trabajar en horario nocturno, independientemente de si es festivo o no.
En consecuencia, cuando el trabajo nocturno coincide con el trabajo en día festivo, se pagan los dos recargos y se acumulan. El 75% del recargo festivo se suma al 35% del recargo nocturno para un recargo total del 110% sobre el valor de la hora ordinaria.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 4). ¿Existe el recargo nocturno festivo? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/existe-el-recargo-nocturno-festivo-741/
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