¿Se paga recargo por trabajo en día festivo que reemplazaba un día laboral?
Saludos.
En la semana de trabajo normal se descansó un día martes para poder trabajar el día sábado de la misma semana, ya que se requería trabajar ese día.
Por razones externas, no se pudo trabajar ese sábado; entonces, el día quedó pendiente para ser trabajado por parte del trabajador.
La empresa escogió el día 1 de mayo para compensar ese día que debía. ¿La empresa puede realizar ese cruce así o debe pagar recargos por ser festivo? Además, el trabajo se realizó en jornada nocturna.
¿Qué recargos habría con ese pago del día?
Gracias.
Respuestas: (1)
El trabajo en día festivo se debe pagar con el recargo del 75%, puesto que así lo establece la ley; es un derecho expresamente establecido en el Código Sustantivo del Trabajo y ninguna disposición entre particulares puede cambiar ese hecho.
La empresa debió haber elegido un día que no fuera feriado para compensar el día no trabajado, pero al no hacerlo, debe pagar el recargo por trabajo festivo y el recargo nocturno por haberse laborado en dicho horario.
Adicionalmente, no se puede compensar o cruzar un día hábil con un día que no lo es, ya que no son lo mismo, por cuanto tienen remuneración distinta.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, junio 3). ¿Se paga recargo por trabajo en día festivo que reemplazaba un día laboral? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/se-paga-recargo-por-trabajo-en-dia-festivo-que-reemplazaba-un-dia-laboral-1493/