Exógena reporte GMF.
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Un usuario del foro plantea una duda sobre cómo reportar el gasto por GMF en el año gravable 2025, ya que la resolución indica que debe hacerse en el concepto 5101, pero este parece estar destinado a fondos de pensiones. La respuesta aclara que, según el parágrafo 16 del artículo 1.3.5.2.1 de la resolución 0227 de 2025, los contribuyentes deben reportar el GMF discriminando entre el monto deducible y el no deducible, incluyendo el NIT y la razón social del agente de retención en ambas casillas. Por lo tanto, no se debe seguir usando el concepto 5015.
Respuestas: (1)
El parágrafo 16 del artículo 1.3.5.2.1 de la resolución 0227 de 2025 dice que los contribuyentes obligados deben reportar el valor del GMF discriminando el monto deducible en la casilla de pagos o abonos en cuenta deducibles y el no deducible en su respectiva casilla, incluyendo en ambos casos el NIT y la razón social del agente de retención.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2026, mayo 5). Exógena reporte GMF. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/exogena-reporte-gmf-2248/
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