¿Inventarios y cuentas por cobrar se reportan en el formato 1011?
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Un usuario del foro pregunta si debe reportar inventarios y cuentas por cobrar en el formato 1011. La respuesta destaca que, según el artículo 32 de la resolución 162 de 2023 de la Dian, el formato 1011 no menciona explícitamente estos elementos, pero sí incluye otros activos. Por lo tanto, se interpreta que deben reportarse bajo el concepto 1526 como otros activos, aunque la resolución no es completamente clara al respecto. En resumen, se sugiere que sí se deben incluir, a pesar de la falta de certeza.
Respuestas: (1)
El artículo 32 de la resolución 162 de 2023 de la Dian, que establece el formato 1011 y su contenido, no hace referencia a los inventarios ni a las cuentas por cobrar; sin embargo, sí hace referencia a otros activos, y entendemos que esos otros activos serían los no señalados expresamente allí, excluyendo cuentas bancarias e inversiones, que tienen su propio formato, el 1012. De manera que sí deberían reportarse bajo el concepto 1526.
Desafortunadamente, la resolución no es clara ni taxativa al respecto, por lo que no hay certeza, pero por interpretación se puede concluir que sí deberían reportarse como otros activos ante la ausencia de un concepto específico.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 28). ¿Inventarios y cuentas por cobrar se reportan en el formato 1011? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/inventarios-y-cuentas-por-cobrar-se-reportan-en-el-formato-1011-1481/
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