¿La incapacidad laboral incluye las terapias de rehabilitación?
Sufrí un accidente laboral por el que me prescribieron 20 días de incapacidad laboral, y adicional me enviaron 1 terapia cada 2 días por 2 meses. ¿Me pagan incapacidad por el tiempo que duren las terapias?
Respuestas: (1)
No. Cuando las terapias deben ser realizadas con posterioridad a la terminación de la incapacidad laboral prescrita, no se prescribe una nueva incapacidad por el tiempo que duren las terapias de rehabilitación.
El empleador tendrá que otorgar los permisos respectivos para que el trabajador pueda asistir a las terapias prescritas por el médico tratante, sin que pueda descontar ese tiempo del salario del trabajador, puesto que se trata de una ausencia plenamente justificada, y demás, como consecuencia de un accidente laboral derivado de la ejecución del contrato de trabajo.
Consulte el artículo titulado «Permisos a los trabajadores para citas médica», en el que se aborda con más detalle este aspecto que cubre tanto las citas médicas como las terapias de rehabilitación.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 30). ¿La incapacidad laboral incluye las terapias de rehabilitación?. [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/la-incapacidad-laboral-incluye-las-terapias-de-rehabilitacion-819/