Licencia por fallecimiento de suegro
¿Tengo derecho a la licencia si ha fallecido mi suegro?
Respuestas: (1)
Si. El trabajador tiene derecho a la licencia remunerada por luto de 5 día cuando fallece su suegro.
El artículo 57 del código sustantivo del trabajo señala que se tiene derecho a la licencia cuando fallece un familiar en el primer grado de afinidad, y entre ellos están los suegros.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, mayo 15). Licencia por fallecimiento de suegro [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/licencia-por-fallecimiento-de-suegro-285/
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