¿Licencias de maternidad y paternidad se reportan en el formulario 220?
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La duda planteada en el foro se centra en si las licencias de maternidad y paternidad deben ser reportadas en el formulario 220 de ingresos y retenciones. La respuesta es afirmativa: los pagos realizados por el empleador por estas licencias deben incluirse en dicho formulario, ya que representan ingresos para el trabajador. Aunque no hay un renglón específico para estas licencias, se pueden registrar bajo el apartado de salarios u otros pagos, dado que funcionan como un reemplazo del salario durante ese periodo. Se sugiere consultar el oficio de la Dian número 7342 del 2019 para más detalles.
¿Se debe reportar el valor de la licencia de paternidad o maternidad de un empleado en el formulario de ingresos y retenciones 220?
Respuestas: (1)
Sí. Los valores que el empleador pague a sus trabajadores por concepto de licencia de maternidad, licencia de paternidad e incapacidades laborales deben ser reportados en el certificado de ingresos y retenciones (formulario 220).
La razón es que estos conceptos deben ser pagados directamente por el empleador al trabajador, y el formulario 220 tiene como objeto precisamente informar todos los pagos que haya recibido el trabajador.
Como el formulario 220 no tiene un renglón específico para registrar el pago de incapacidades y licencias, se puede utilizar el correspondiente a salarios o a otros pagos.
La licencia de maternidad o de paternidad, en realidad, reemplaza el salario del trabajador, de modo que, por ese lapso de tiempo, el trabajador recibe un pago que reemplaza el salario, por lo que tiene sentido tratarlo como salario, aunque técnicamente no es salario, debido a que no corresponde a una contraprestación por un servicio.
Consultar el concepto (oficio) de la Dian número 7342 del 2019.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, octubre 2). ¿Licencias de maternidad y paternidad se reportan en el formulario 220? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/licencias-de-maternidad-y-paternidad-se-reportan-en-el-formulario-220-734/
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