¿Para ser miembro del consejo de administración de la propiedad horizontal hay que ser propietario?
Leer resumen
Un usuario del foro cuestionó si es necesario ser propietario para formar parte del consejo de administración de una propiedad horizontal, ya que en su conjunto fue elegido un arrendatario. Las respuestas aclaran que, según el artículo 53 de la ley 675 de 2001, el consejo debe estar compuesto por propietarios o sus delegados, lo que permite que un propietario designe a un tercero, como un arrendatario, para ocupar el cargo. Por lo tanto, la elección de un arrendatario es válida si cuenta con la delegación del propietario.
Respuestas: (1)
Un arrendatario y en general cualquier persona distinta al propietario puede ser miembro del consejo de administración de la propiedad horizontal, ya sea como principal o como suplente.
El artículo 53 de la ley 675 de 2001 señala que el consejo de administración de la propiedad horizontal debe estar «integrado por un número impar de tres (3) o más propietarios de las unidades privadas respectivas, o sus delegados», es decir, que el propietario puede delegar a cualquier tercero para que sea miembro del consejo de administración.
Preguntas relacionadas:
- ¿Propiedad horizontal residencial está exonerada del pago de aportes parafiscales?
- ¿Concejo de administración puede establecer cobro de parqueadores a los copropietarios?
- ¿Aplica el descuento por pronto pago en pagos parciales en la propiedad horizontal?
- ¿Las cuotas de administración se reportan como ingreso en el formato 1007?
- ¿Se puede demandar a la propiedad horizontal por no notificarme una deuda?
- Nuestros productos y servicios
- Guía Laboral 2026
- Liquidador de pensiones en Colpensiones
- Proyección y planeación pensional
- Liquidador de intereses judiciales y comerciales
- Liquidador de obligaciones laborales
- Liquidador Pro de intereses moratorios - Dian
- Guía de arrendamiento sin riesgo
- Ver más productos y servicios
Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, noviembre 18). ¿Para ser miembro del consejo de administración de la propiedad horizontal hay que ser propietario? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/para-ser-miembro-del-consejo-de-administracion-de-la-propiedad-horizontal-hay-que-ser-propietario-875/
Registro gratis en Gerencie.com
Regístrese y obtenga los siguientes beneficios:
- Navegue por nuestro contenido con una menor cantidad de anuncios.
- Cuando realice una pregunta será notificado en su correo.
- Podrá hacernos preguntas en la sección de preguntas y respuestas.
- Podrá agregar artículos y herramientas en línea a su sección de favoritos.
- Podrá comunicarse con otros usuarios mediante mensajes privados.
- Podrá publicar su perfil profesional en nuestro directorio de profesionales.
- Podrá acceder a nuestra calculadora de pensiones.
- Podrá acceder a la sección de recompensas por participar y aportar a la comunidad.
El registro es gratuito, lo mismo que todos los servicios y beneficios señalados en la lista anterior.
Regístrate aquí
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir las últimas actualizaciones
Gbot
Recomendados
Contacto
Legal
Temario
Zona de clientes