Periodo en el Iva cuando hay responsabilidad intermitente
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En la discusión del foro, un usuario pregunta sobre la periodicidad de la declaración del IVA tras pasar de ser responsable de IVA a asalariado y luego regresar a ser independiente. La respuesta indica que, en este caso, la persona deberá declarar bimestralmente, ya que no hay un año anterior declarado que respalde los ingresos necesarios para determinar el periodo gravable. Además, se aclara que el cambio de ser asalariado a responsable de IVA se considera un inicio de actividades, dado que se pasa de una actividad no gravada a una gravada.
Si una persona natural fue responsable de IVA de 2017 a 2018. Luego pasó a ser asalariado (no responsable de IVA) de 2020 a 2023. En 2024 vuelve a ser independiente y responsable de IVA. ¿Debe declarar bimestral o cuatrimestral? ¿El cambio de asalariado a responsable de IVA se considera inicio de actividades?
Respuestas: (1)
En ese caso, en nuestro criterio, el periodo será bimestral, en razón a que no existe un año declarado inmediatamente anterior en el que consten los ingresos que sirven para determinar el periodo gravable en los términos del artículo 600 del estatuto tributario.
En consecuencia, el cambio de responsable de no responsable de Iva (salariado en su caso) a responsable de Iva se considera como un inicio de actividades, porque pasa de una actividad no gravada a una actividad gravada.
Consulte: Periodicidad del Iva.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2024, abril 13). Periodo en el Iva cuando hay responsabilidad intermitente [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/periodo-en-el-iva-cuando-hay-responsabilidad-intermitente-211/
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