¿Procede el derecho de petición para probar subordinación laboral?
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Un usuario del foro pregunta si puede utilizar el derecho de petición para obtener de su empresa una constancia que demuestre su subordinación laboral en un contrato de prestación de servicios. La respuesta aclara que el derecho de petición solo aplica a entidades estatales y no obliga a una empresa privada a responder. Además, la empresa solo debe expedir un certificado al finalizar el contrato de trabajo, no en su ejecución. Se sugiere que el usuario busque otros elementos que evidencien la subordinación, como horarios y directrices, y que considere presentar una demanda laboral para resolver su situación.
Respuestas: (1)
No. En primer lugar, el derecho de petición es una figura propia del derecho administrativo que aplica únicamente para entidades estatales y, excepcionalmente, contra particulares que ejerzan alguna actividad pública o presten un servicio público, pero no para una empresa privada, que no tendrá la obligación de responderlo.
La empresa tampoco está obligada a expedir ningún certificado en los términos que usted refiere; tan solo está obligada a expedir el certificado al que hace referencia el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, y que debe contener solo lo siguiente:
- Tiempo de servicio del trabajador.
- Cargo y funciones desempeñadas por el trabajador.
- Salario devengado por el trabajador.
La obligación de expedir tal certificado solo opera cuando el contrato de trabajo termina, no en ejecución de él, y la empresa solo está obligada a expedirlo si se trata de un trabajador vinculado con un contrato de trabajo, no con un contrato de servicios, por lo que no sirve para su propósito.
Lo que sí puede utilizar a su favor como elemento indiciario es cualquier certificación que la empresa haya expedido por solicitud suya, algo que las empresas regularmente hacen cuando un trabajador solicita como un favor.
Lo que debe hacer es buscar otros elementos que puedan probar la subordinación, como el cumplimiento de horarios, la obligación de seguir directrices, rendir informes, testimonios, etc., y presentar una demanda laboral.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, febrero 5). ¿Procede el derecho de petición para probar subordinación laboral? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/procede-el-derecho-de-peticion-para-probar-subordinacion-laboral-1079/
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