¿Qué efecto tiene sobre la obligación principal la pérdida de la garantía?
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En la discusión del foro, se plantea la duda sobre el efecto de la pérdida de una garantía en la obligación principal de un contrato. La respuesta aclara que, dado que la garantía es un elemento accesorio, su pérdida no extingue la obligación principal, que permanece vigente. Por ejemplo, si se pierde una prenda, el deudor sigue obligado a cumplir con la deuda, aunque el acreedor ya no tenga la vía privilegiada de la garantía. Sin embargo, si se trata de una garantía en un contrato de compraventa, la pérdida de esta no resuelve el contrato, sino que genera una obligación de reparar o reemplazar.
Efecto de la pérdida de la garantía en los contratos.
Respuestas: (2)
Por su carácter accesorio de la garantía (sea prenda, hipoteca o fianza), se extingue cuando desaparece su objeto o se pierde la caución, pero esa extinción no afecta a la obligación principal, que sigue plenamente vigente.
Es decir, la obligación principal respaldada por la garantía sigue vigente, pero sin garantía.
Por ello, si, por ejemplo, la cosa pignorada (prenda) se destruye o se pierde, sólo se extingue el derecho real de garantía; el deudor sigue obligado al cumplimiento de la deuda y el acreedor conserva su acción ejecutiva ordinaria, ya sin la vía privilegiada otorgada por la garantía extinta.
Si se refería a la garantía en otro contexto, como cuando se compra un bien con garantía y esta se pierde, es diferente porque ya no es una obligación accesoria, sino una obligación de reparar, reemplazar o devolver el precio pagado; y si se pierde esa garantía, el contrato de compraventa sigue vigente y no se puede resolver.
Gerencie.com dijo:Por su carácter accesorio de la garantía (sea prenda, hipoteca o fianza), se extingue cuando desaparece su objeto o se pierde la caución, pero esa extinción no afecta a la obligación principal, que sigue plenamente vigente.
Es decir, la obligación principal respaldada por la garantía sigue vigente, pero sin garantía.
Por ello, si, por ejemplo, la cosa pignorada (prenda) se destruye o se pierde, sólo se extingue el derecho real de garantía; el deudor sigue obligado al cumplimiento de la deuda y el acreedor conserva su acción ejecutiva ordinaria, ya sin la vía privilegiada otorgada por la garantía extinta.
Si se refería a la garantía en otro contexto, como cuando se compra un bien con garantía y esta se pierde, es diferente porque ya no es una obligación accesoria, sino una obligación de reparar, reemplazar o devolver el precio pagado; y si se pierde esa garantía, el contrato de compraventa sigue vigente y no se puede resolver.
Ver masMuchas gracias por su respuesta; me ayudó muchísimo.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, abril 30). ¿Qué efecto tiene sobre la obligación principal la pérdida de la garantía? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-efecto-tiene-sobre-la-obligacion-principal-la-perdida-de-la-garantia-1368/
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