¿Qué factores salariales se toman en cuenta para liquidar vacaciones?
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Un usuario del foro pregunta qué factores salariales se consideran para liquidar las vacaciones de dos trabajadores con diferentes conceptos de pago. La respuesta, basada en el artículo 192 del código sustantivo del trabajo, aclara que las vacaciones se liquidan únicamente con el salario ordinario que el trabajador devenga al inicio de las mismas. Esto incluye el salario común y el recargo nocturno si la jornada es nocturna. Se excluyen conceptos como horas extras, recargos dominicales y festivos, ya que estos no forman parte de la jornada laboral ordinaria.
Respuestas: (1)
De acuerdo al artículo 192 del código sustantivo del trabajo, las vacaciones se remuneran con el salario ordinario que el trabajador devenga al momento de iniciarlas, y cuando se habla de salario ordinario se refiere al que remunera la jornada laboral ordinaria del trabajador.
Esto significa que para liquidar las vacaciones se toman únicamente los pagos que remuneran la jornada ordinaria, que son dos:
- El salario común y corriente.
- El recargo nocturno cuando la jornada ordinaria se desarrolla en horario nocturno.
Por lo anterior, los siguientes conceptos o factores no se incluyen:
- Horas extras
- Diurnas
- Nocturnas
- Dominicales
- Festivas
- Recargos por trabajo dominical
- Recargos por trabajo festivo
Es decir, se excluye todo pago que remunere el trabajo que se realiza por fuera de la jornada laboral ordinaria.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, mayo 16). ¿Qué factores salariales se toman en cuenta para liquidar vacaciones? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-factores-salariales-se-toman-en-cuenta-para-liquidar-vacaciones-1430/
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