¿Qué hacer si no me notifican el comparando o fotomulta?

Tengo una fotomulta de este año en enero, vía San Diego, Aracata. Primero, no era quien iba manejando el carro, pero por estar a mi nombre recae el comparendo. Por lo cual, envié un DP solicitando la revocatoria de la orden de comparendo, ya que nunca me llegó una notificación a mi casa ni al correo. Sin embargo, en respuesta, ellos me dicen que fui notificada y me envían una supuesta notificación, una imagen la cual no tiene ninguna firma. Todavía aparece como comparendo y no tiene acto administrativo.

Agradezco su ayuda.

Fecha: 2025-10-29

Respuestas: (1)

En primer lugar, la notificación debe enviarse a la dirección física y al correo electrónico que el propietario del vehículo suministró en el Runt. Si la notificación es enviada y no es recibida, siendo devuelta por correo, debe hacerse por edicto; sin embargo, se debe notificar.

Si no hay prueba de esa notificación, ni de que fue devuelta por correo, ni de la publicación por edicto, el administrado no se entiende notificado, y cualquier multa que se le imponga estará viciada. Procede la solicitud de revocatoria; si la autoridad de tránsito no lo hace, puede ser demandada ante la justicia administrativa. Es decir, se debe demandar ese activo administrativo, pero para ello existe un término, y si la demanda no se interpone dentro de ese término, no es posible "tumbar" ese comparendo.

En consecuencia, deberá verificar si hubo o no notificación y, si no la hubo, si aún hay tiempo para solicitar la revocatoria de los actos administrativos en los que se impone la sanción o multa.

La notificación del comparendo no es un acto administrativo; el acto administrativo es aquel en el que se declara infractor y se impone la multa o sanción, y ese es el que se debe demandar.

¿Se puede tumbar un comparendo electrónico que no fue notificado?
¿Se puede tumbar un comparendo electrónico que no fue notificado?.Consecuencias para la autoridad de tránsito que no notifica el comparendo electrónico lo no tífica vencido el plazo que la ley le ha otorgado.
Fecha: 2025-10-29
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Forma de citar este artículo (APA):

Gerencie.com (2025, octubre 29). ¿Qué hacer si no me notifican el comparando o fotomulta? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-hacer-si-no-me-notifican-el-comparando-o-fotomulta-1900/

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