¿Qué pasa con los empleados cuando la fiscalía clausura las operaciones de una empresa?
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Un empleado pregunta sobre las implicaciones de la clausura de su empresa por parte de la fiscalía. La respuesta aclara que, según el artículo 51 del código sustantivo del trabajo, el contrato de trabajo se suspende, pero sigue vigente hasta que se autorice su terminación. La clausura no es causa justa para el despido, así que si la empresa decide despedir a los trabajadores, deberá indemnizarlos por despido injusto. Además, en caso de despido colectivo, se requiere autorización del ministerio del trabajo, impidiendo despidos intempestivos.
Respuestas: (1)
Cuando la empresa es clausurada por una autoridad judicial o administrativa, el contrato de trabajo se suspende en los términos del artículo 51 del código sustantivo del trabajo con autorización del ministerio del trabajo, por lo que en principio el contrato sigue vigente hasta que se surta el proceso de autorización.
La clausura de la empresa no es un justa causa para despedir al trabajador, de modo que, si la empresa decidiera despedirlos tendría que pagar la indemnización por despido injusto.
Además, si se tratara de un despido colectivo, la empresa deberá pedir autorización al ministerio del trabajo de modo que no puede despedir de forma intempestiva a los trabajadores.
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Forma de citar este artículo (APA):
Gerencie.com (2025, noviembre 10). ¿Qué pasa con los empleados cuando la fiscalía clausura las operaciones de una empresa? [Hilo de foro]. Recuperado de https://www.gerencie.com/qa/que-pasa-con-los-empleados-cuando-la-fiscalia-clausura-las-operaciones-de-una-empresa-1924/
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